Ley Impulso TVD
- Disposición adicional segunda:
Garantía de accesibilidad de la televisión digital terrestre para las personas con discapacidad: (...) las Administraciones competentes (...) adoptarán las medidas necesarias para garantizar desde el inicio la accesibilidad de las personas con discapacidad a los servicios de televisión digital terrestre. Para conseguir este fin, las medidas que se adopten se atendrán a los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.









