Régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal
La ley 49/2007 del 27 de Diciembre del 2007 establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Con esta ley se pretende establecer el régimen de infracciones común para todo el territorio del Estado y ser objeto de tipificación para la legislación autónomica, sin perjuicio de aquellas otras infracciones y sanciones que se puedan establecer en el ejercicio de sus competencias. Las Comunidades autónomas estableceran un régimen de infracciones que garantice la plena protección de las personas con discapacidad, ajustándose a lo dispuesto en est ley.
TITULO II: Normas específicas de aplicación por la Administración General del Estado
Artículo 16. Infracciones.
3. Son infracciones graves: f) El incumplimiento por parte de las personas obligadas de las normas sobre accesibilidad de los entornos, instrumentos, equipos y tecnologías, medios de transporte, medios de comunicación y de los productos y servicios a disposición del público que obstaculice o limite su acceso o utilización de regulares por las personas con discapacidad.









